Informador especial sobre violencia contra las mujeresEl informador especial fue establecido por la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 1994. El actual informador especial es la Sra. Radhika Coomaraswamy de Sri Lanka. Acerca del mandato del informador especial Cómo enviar una queja al informador especial Más información acerca del informador especial Acerca del mandato del informador especial sobre violencia contra las mujeres
Violencia en la comunidad: violación y asalto sexual; el acoso sexual en el lugar de trabajo, las instituciones educativas o cualquier otro lugar; la prostitución forzosa, traficar con propósitos de prostitución o labores domésticas; la violencia contra las mujeres trabajadoras inmigrantes; y la pornografía vinculada a la violencia contra las mujeres; Violencia perpetratada o condonada por el estado: violencia en la custodia (violencia contra una mujer detenida por las autoridades del estado), incluyendo la violación y otros ataques sexuales y golpes; violencia contra las mujeres en situaciones de conflicto armado; y violencia contra las mujeres refugiadas y desplazadas internamente. Violencia por parte de individuos privados A menudo, los actos de violencia contra las mujeres son perpetrados por personas ajenas al estado, esto es, individuos privados, por ejemplo un miembro de la familia o el cónyuge. El informador especial trabaja para prevenir las violaciones de los derechos de las mujeres por personas ejenas al estado. Un estado puede ser considerado responsable de este tipo de violencia conforme a las leyes internacionales si no pone en práctica las diligencias pertinentes (cuidado razonable) para prevenir esa violencia. Por ejemplo, el estado podría ser considerado responsable si no hace cumplir las leyes criminales en casos de violencia contra las mujeres, o si no investiga este tipo de violencia y garantiza una compensación adecuada para las víctimas. No obstante, el informador especial deberá enjuiciar las leyes de un país y los intentos que un gobierno ha realizado para prevenir esa violencia antes de determinar que un estado pueda ser responsable por no poner en práctica las diligencias pertinentes (cuidado razonable) para prevenir esa violencia. Una sola queja de un individuo puede no ser suficiente para establecer esta responsabilidad. Por lo tanto, el informador especial puede estar limitado en sus poderes si usted presenta una queja relativa a una violación de sus derechos por parte de una persona ajena al estado. Los informadores y representantes especiales trabajan para promover los derechos establecidos en los principales instrumentos internacionales sobre derechos humanos, como el Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos (ICCPR) y la Declaración Universal de los Derechos Humanos (UDHR). Para ver el texto completo del ICCPR, haga clic aquí Para ver el texto completo de la UDHR disponible en varios idiomas, haga clic aquí Cómo enviar una queja al informador especial No existe un procedimiento formal para presentar una queja al informador especial. No obstante, el informador especial ha desarrollado un modelo de cuestionario destinado a ayudarle a incluir toda la información relevante para su queja, que podrá utilizar si así lo desea. Este modelo está disponible únicamente en inglés y español. Para obtener una copia del modelo de impreso de quejas para el informador especial, haga clic sobre alguno de los siguientes vínculos: Modelo de impreso de quejas en inglés Formulario de información (quejas) Las quejas o comunicaciones se deberán enviar al:
Tlf.: + 41 22 917 9000 Agotamiento de los recursos nacionales y las solicitudes múltiples Antes de presentar una queja, deberá leer esta sección Más información acerca del informador especial El informador especial sobre violencia contra las mujeres es uno más de los informadores y representantes especiales de las Naciones Unidas. Para saber más sobre cómo realizan su trabajo los informadores y representantes especiales, haga clic aquí. |
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