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Comité para la eliminación de la discriminación racial ¿Es aplicable este mecanismo al país en el que está interesado? Acerca del Comité para la eliminación de la discriminación racial El mandato del Comité para la eliminación de la discriminación racial Qué puede hacer este mecanismo para ayudarle Cómo investiga una queja el comité Cómo presentar una solicitud individual Más información acerca del Comité para la eliminación de la discriminación racial ¿Es aplicable este mecanismo al país en el que está interesado? Esta sección trata sobre el procedimiento de quejas individuales del Comité para la eliminación de la discriminación racial. Este procedimiento es aplicable únicamente a aquellos estados que forman parte (o en otras palabras, que son miembros) de la Convención internacional para la eliminación de todas las formas de discriminación racial (CERD) y han realizado una declaración conforme al artículo 14 de dicha convención. Nota sobre cómo utilizar este vínculo Este vínculo le llevará a una lista de países. Si el país en el que está interesado se encuentra en esta lista, el procedimiento de quejas es aplicable a dicho país. Utilice el botón de "atrás" de su browser para volver a esta página. Acerca del Comité para la eliminación de la discriminación racial El Comité para la eliminación de la discriminación racial fue creado conforme a un tratado internacional llamado la Convención internacional para la eliminación de todas las formas de discriminación racial (CERD). La CERD establece las medidas que los estados que forman parte de la convención deben tomar para eliminar la discriminación racial. Para obtener una copia de la CERD, haga clic aquí. El papel del Comité para la eliminación de la discriminación racial es garantizar que los estados que forman parte de la CERD cumplen sus obligaciones establecidas en dicha convención a la hora de emprender acciones para eliminar la discriminación racial. El Comité es un organismo para tratados, y tiene poderes (legales internacionales) para establecer tratados. Estos poderes le permiten comprobar si los estados cumplen sus obligaciones legales establecidas en la CERD. El Comité está formado por 18 personas que ponen su capacidad personal a su servicio. Se reúne dos veces al año en la sede de las Naciones Unidas en Ginebra. El mandato del Comité para la eliminación de la discriminación racial El Comité para la eliminación de la discriminación racial puede investigar alegaciones de violaciones de los derechos establecidos en la CERD. Los derechos establecidos en la CERD incluyen lo siguiente: El derecho a un trato equitativo ante los tribunales, el derecho a la seguridad de las personas, el derecho a participar en elecciones, el derecho a una nacionalidad, el derecho a heredar y el derecho de acceso a cualquier lugar o servicio pensado para su uso por parte del público en general, como los medios de transporte, hoteles, restaurantes, cafés, teatros y parques. Estos derechos se describen en el artículo 5 de la CERD. Un artículo es un párrafo en el que se describe un derecho específico y la manera en la que el estado debe proteger ese derecho. Para leer el artículo 5, vea el texto completo de la CERD haciendo clic sobre el vínculo que se incluye en la sección Acerca del Comité para la eliminación de la discriminación racial. La CERD hace un llamamiento a los estados para que establezcan instituciones nacionales que estudien las quejas conforme a dicha convención. Si el país en el que está interesado ha establecido una institución de este tipo, deberá enviar su queja en primera instancia a esa institución. Si el país en el que está interesado no ha establecido una institución nacional de este tipo, puede enviar su queja directamente al Comité para la eliminación de la discriminación racial. Qué puede hacer este mecanismo para ayudarle Si ha sido víctima de una violación de alguno de los derechos humanos establecidos en la CERD, o representa a una víctima, puede presentar una queja al Comité para la eliminación de la discriminación racial. Recuerde que deberá asegurarse de que este mecanismo sea aplicable al país en el que está interesado (consulte la parte superior de esta página). El Comité para la eliminación de la discriminación racial puede decidir investigar su queja y, si considera que el estado en cuestión podría haber violado en su caso la CERD, podrá tomar medidas. Si el comité decide que se ha producido una violación de la CERD, puede declarar que el estado se encuentra en violación de dicha convención, y realizar sugerencias y recomendaciones al estado en cuestión. Cómo investiga una queja el comité 1. Admisibilidad Lo primero que hace el comité cuando recibe una queja es decidir si la acepta o no. Una queja que el comité decide aceptar se denomina "admisible", y una queja que decide no aceptar se denomina "inadmisible". La queja deberá contener la información mínima necesaria (consulte la sección Cómo enviar una queja al comité). Asimismo, deberá contener información fiable sobre la supuesta violación de uno o varios de los derechos establecidos en la CERD. 2. Consideración de una queja por parte del comité Una vez que una queja ha sido declarada "admisible", el comité puede dirigirla confidencialmente a la atención del estado en cuestión. El comité no revelará el nombre del individuo o la organización que ha presentado la queja sin su consentimiento. Cuando el estado haya presentado sus comentarios sobre la queja, el comité debatirá el asunto. Entonces decide si se ha producido una violación de la CERD o no. El comité también puede realizar sugerencias y recomendaciones que se transmitirán tanto al individuo o la organización que ha presentado la queja como al estado en cuestión. Cómo enviar una queja al Comité para la eliminación de la discriminación racial Las quejas relativas a una violación de uno o varios de los derechos establecidos en la CERD se deberán enviar por escrito al Comité para la eliminación de la discriminación racial. No existe un procedimiento formal ni un impreso de solicitud estándar para presentar una queja al comité. En la parte superior de su queja deberá indicar "Comunicación presentada conforme al artículo 14 de la Convención internacional para la eliminación de todas las formas de discriminación racial". Su queja deberá incluir la siguiente información:
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