D. Cómo puedes usar la Corte
Enjuiciamiento de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra
Según el Estatuto de Roma, un Estado parte está obligado a enjuiciar los crímenes de la CPI a nivel nacional. Se espera que los Estados partes promulguen la legislación nacional necesaria para poder enjuiciar adecuadamente los crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio en su sistema judicial nacional. (Para comprobar cuál es la situación de un país en este proceso, ver la página web de Amnistía Internacional sobre la aplicación de la CPI.)
La CPI solamente intervendrá en el enjuiciamiento si el Estado parte competente no está dispuesto o no puede enjuiciar adecuadamente el delito.
Cómo conseguir que se enjuicie un caso
Cualquiera puede informar de un presunto caso de genocidio, crimen de lesa humanidad o crimen de guerra que sea competencia de la Corte. Es importante que esto lo recuerden los defensores de los derechos humanos. Como dijo Maureen Harding Clarke, magistrada irlandesa de la Corte, en la Segunda Plataforma de Dublín para los Defensores de los Derechos Humanos de Front Line,
"La CPI trabajará, cuando vosotros, como os describió Mary Robinson, ‘los ojos y los oídos de la comunidad internacional’, observéis, defendáis, relatéis e informéis al resto del mundo de lo que está pasando."
Si sabes de algún crimen de lesa humanidad que no esté siendo enjuiciado adecuadamente, o que no esté siendo enjuiciado, puedes enviar una comunicación al Fiscal. Con este fin, prepara un archivo con toda la información y las pruebas relevantes para la Fiscalía de La Haya. Así, el Fiscal podrá decidir si es posible llevar a cabo una investigación independiente. Para ello, envía tu comunicación a la dirección que aparece a continuación. En algunas regiones, el correo ordinario puede ser poco eficaz o inseguro, quizá sea necesario intentar mandarlo por un servicio de mensajería. Es importante que todas las pruebas lleguen al Fiscal en las mejores condiciones posibles para que pueda analizarlas.
La dirección del Fiscal es:
International Criminal Court
Office of the Prosecutor
Information and Evidence Unit
Post Office Box 19519
2500 CM The Hague
Holanda
Fax: +31 70 5158555
Email: otp.informationdesk@icc-cpi.int
Los defensores de derechos humanos pueden encontrar más información en la página web de Human Rights Watch en inglés How Nongovernmental Organizations Can Contribute To the Prosecution of War Criminals o en francés Comment les organisations non gouvernementales peuvent contribuer à la poursuite des criminels de guerre
Reparación a las víctimas La Corte no sólo se ocupa de los aspectos penales de la justicia en lo que se refiere a los crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio. Además de las penas de reclusión, la Corte puede ordenar al condenado una reparación, en forma de indemnización, restitución, rehabilitación, satisfacción, garantías de no repetición o cualquier otro tipo de reparación que considere apropiada.
La Corte Penal Internacional es el primer tribunal penal internacional que incluye disposiciones especiales para las víctimas. Las víctimas pueden estar representadas en el proceso de la Corte y el Estatuto de Roma establece también un Fondo en beneficio de las víctimas. El Fondo proporciona un recurso financiero para apoyar directamente a las víctimas o a los que trabajan con ellas. El Fondo lo mantienen los Estados partes, donantes individuales y los bienes confiscados a los condenados por la Corte.
Conseguir reparación para las víctimas El Fondo en beneficio de las víctimas nombró recientemente a su Consejo de Dirección. Una de sus primeras labores es establecer una serie de criterios para determinar cómo debe tomar el Fondo sus decisiones. Una vez hecho esto, podrá distribuir fondos a las víctimas.
Victims Trust Fund
Maanweg, 174
2516 AB The Hague
Holanda
Teléfono: + 31 70 515 8515
Fax: +31 70 5158555
Email: mailto:trust.fund@icc-cpi.int
o vpru@icc-cpi.int
Página web del Fondo en beneficio de las víctimas (en inglés)