Pakistán
Casos Activos
A pesar de las protecciones constitucionales, los/as defensores/as de derechos humanos enfrentan serios obstáculos para desarrollar su trabajo de promover y proteger los derechos humanos. Los/as defensores/as de derechos humanos han reportado arrestos arbitrarios y detenciones ilegales sin cargo o juicio, tortura, desaparición forzada cometida por las fuerzas de seguridad y las agencias de inteligencia y ejecuciones extrajudiciales. Bajo el auspicio del contra terrorismo, las autoridades pakistaníes han ejecutado detenciones preventivas alegando la necesidad de mantener la ley y el orden. Los derechos humanos básicos garantizados bajo la ley pakistaní son frecuentemente violadas.
Sin embargo, la libertad de prensa garantizada bajo la constitución de Pakistán puede ser restringida en los casos en donde " el interés de la gloria del Islam o la integridad, seguridad o la defensa de Pakistán o cualquier acción que amenace o piense amenazar las relaciones amistosas con Estados Extranjeros amistosos, el órden público, la defensa o moralidad o la relación con la corte”. Este argumento deja la ley abierta a una interpretación muy amplia y los/as periodistas han expresado que son acosados rutinariamente por expresar sus opiniones y son acusados de estar en contra de los intereses de Pakistán.
De acuerdo a los reportes, el gobierno Pakistaní ha reintroducido legislación colonial para justificar la obstrucción y prevención de las reuniones públicas. La sección 144 del Código Procesal Penal prohibe las reuniones de cuatro o más personas sin una autorización policial. Además hay una 'Ordenanza del Orden Público' del 2002, que se ha estado utilizando para restringir la libertad de manifestación y expresión, prohibiendo cualquier discurso público que pueda "causar miedo o alarma al público".
Una ley de impuestos ha sido introducida para eliminar las exepciones de pago que estaban disponibles para las organizaciones sin fines de lucro. Las organizaciones ahora deben registrar sus rentas y deben llenar ciertos requerimientos para poder ser exentas de pago, de esta forma claramente se añaden más restricciones a las actividades de defensores/as de derechos humanos y de la sociedad civil en general.
La libertad de movilización está también limitada para los/as defensores/as de derechos humanos y, usualmente, enfrentan restricciones en sus viajes. Aquellos/as que desean participar en conferencias internacionales y eventos suelen enfrentar retrasos en los procedimientos y en algunos casos prohibiciones de viajes.
